domingo, 31 de mayo de 2020

IMPUESTO TEMPORAL A LOS ACTIVOS NETOS


01. Concepto - ITAN
El Impuesto Temporal a los Activos Netos - ITAN, es un impuesto al patrimonio, que grava los activos netos como manifestación de capacidad contributiva. Puede utilizarse como crédito contra los pagos a cuenta y de regularización del Impuesto a la Renta.

02. Sujetos Obligados - ITAN
Sujetos obligados a presentar la declaración del ITAN correspondiente al Ejercicio 2019
Son los contribuyentes que generan rentas de tercera categoría cuyo valor de los activos netos al 31 de diciembre de 2018 supere un millón de Soles (S/ 1 000,000) que estén comprendidos en el Régimen General del Impuesto a la Renta o en el Régimen MYPE Tributario (*) , siempre que hayan iniciado operaciones antes del 1 de enero del año 2019. La obligación incluye a los que se encuentran en Régimen de Amazonía, Régimen Agrario, los establecidos en Zona de Frontera, entre otros. Están obligados también, las sucursales, agencias y demás establecimientos permanentes de empresas no domiciliadas.

03. Cálculo del Impuesto - ITAN
De acuerdo con lo establecido por el artículo 4 de la Ley 28424, la base imponible del impuesto está constituida por el valor de los activos netos consignados en el balance general ajustado según el Decreto Legislativo N° 797, cuando corresponda efectuar dicho ajuste, cerrado al 31 de diciembre del ejercicio anterior al que corresponda el pago, deducidas las depreciaciones y amortizaciones admitidas por la Ley del Impuesto a la Renta. 
 http://orientacion.sunat.gob.pe/images/stories/itan/obligados.JPG
Para el ejercicio 2019 el ITAN se determina aplicando la tasa del 0.4% sobre la base del valor histórico de los activos netos de la empresa que exceda de un millón de Nuevos Soles, según balance cerrado al 31.12.2018.
04. Declaración y Pago - ITAN
Para el ejercicio 2019
Este impuesto se declara mediante el PDT ITAN -Formulario Virtual Nº 648 de acuerdo con el cronograma siguiente: 
El ITAN podrá ser pagado al contado o en nueve (9) cuotas mensuales iguales, de la siguiente manera:
  • Si el sujeto del ITAN opta por el pago al contado, éste se debe efectuar junto con la presentación del PDT ITAN, Formulario Virtual Nº 648.
  • Si opta por el pago en cuotas, el monto total del ITAN se dividirá en nueve (9) cuotas mensuales iguales, cada una de las cuales no podrá ser menor a S/ 1.00 (Un Sol y 00/100).
La primera cuota mensual deberá ser pagada en el propio PDT ITAN, Formulario Virtual Nº 648.
05. Aplicación contra los pagos del Impuesto a la Renta - ITAN
Aplicación contra los pagos a cuenta del Impuesto a la Renta: 



Mes de Pago del ITAN

Se aplica contra el pago a cuenta del IR correspondiente a los siguientes periodos tributarios
Abril
Desde marzo a diciembre
Mayo
Desde abril a diciembre
Junio
Desde mayo a diciembre
Julio
Desde junio a diciembre
Agosto
Desde julio a diciembre
Setiembre
Desde agosto a diciembre
Octubre
Desde setiembre a diciembre
Noviembre
Desde octubre a diciembre
Diciembre
Noviembre y diciembre

Aplicación contra el pago de regularización del impuesto a la renta: 
En este caso, sólo se podrá utilizar como crédito, el ITAN pagado total o parcialmente dentro del plazo de presentación o vencimiento de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta del ejercicio al cual corresponde.
 Fuente SUNAT

7 comentarios:

  1. Aplicación contra el pago de regularización del impuesto a la renta:
    Se podrá utilizar como crédito, el ITAN pagado total o parcialmente dentro del plazo de presentación o vencimiento de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta del ejercicio al cual corresponde.
    Para el ejercicio 2019 el ITAN se determina aplicando la tasa del 0.4% sobre la base del valor histórico de los activos netos de la empresa que exceda de un millón de Nuevos Soles, según balance cerrado al 31.12.2018.
    El ITAN podrá ser pagado al contado o en nueve (9) cuotas mensuales iguales, de la siguiente manera:
    Si el sujeto del ITAN opta por el pago al contado, éste se debe efectuar junto con la presentación del PDT ITAN, Formulario Virtual Nº 648.
    Si opta por el pago en cuotas, el monto total del ITAN se dividirá en nueve (9) cuotas mensuales iguales, cada una de las cuales no podrá ser menor a S/ 1.00 (Un Sol y 00/100).
    La primera cuota mensual deberá ser pagada en el propio PDT ITAN, Formulario Virtual Nº 648

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  2. El Impuesto Temporal a los Activos Netos (ITAN), es un impuesto al patrimonio que grava los activos netos como manifestación de capacidad contributiva, la tasa aplicable es de 0,4%. La creación del ITAN fue con la intención de incrementar la recaudación tributaria. Así mismo, los contribuyentes que están obligados a declarar el ITAN son los que generan rentas de tercera categoría cuyo valor de Activos netos al 31/12/2019 superen un millón de soles. El ITAN podrá ser pagado al contado o en 9 cuotas mensuales iguales.

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  3. Impuesto Temporal a los Activos Netos, es un impuesto al patrimonio, que grava los activos netos de una empresa.Este impuesto se aplica a los generadores de renta de tercera categoría sujetos al Régimen General y/o Régimen Mype Tributario además la alícuota del ITAN es de 0.4%, que se calcula sobre la base del valor histórico de los activos netos de la empresa que exceda S/1´000,000.

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  4. El ITAN o Impuesto Temporal a los Activos Netos, es un impuesto al patrimonio, que grava los activos netos de un empresa.
    Este impuesto se aplica a los generadores de renta de tercera categoría sujetos al Régimen General y Régimen Mype Tributario. Este puede utilizarse como crédito contra los anticipos de renta y regularización del Impuesto a la Renta.El Impuesto se aplica sobre los activos netos al 31 de diciembre del año anterior(2019).La tasa que se aplica es de 0.4%.

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  5. El Impuesto Temporal a los Activos Netos conocido por sus siglas como ITAN, es un impuesto al patrimonio que grava los activos netos de una empresa, este se aplica a los que se encuentran en las rentas de 3ra categoría sujetos al Régimen General y/o Régimen tributario.
    Las personas que están obligadas a declarar son los contribuyentes cuyo valor de activos presentado al 31 de diciembre supere un millón (1,000,000.00) la tasa aplicable para este caso sería de 0.4% y además debe estar dentro de los regímenes ya mencionados incluidos el régimen de amazonia, régimen Agrario, los establecidos en fronterizas zonas, las sucursales, agencias y demás establecimientos de empresas no domiciliadas. Etc.
    Este impuesto puede ser pagados al contado o en cuotas si el pago se realiza por este último el monto del ITAN se dividirá en 9 cuotas pagándose el primero con la presentación del PDT 0648.

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  6. Son los contribuyentes que generan rentas de tercera categoría cuyo valor de los activos netos al 31 de diciembre de 2019supere un millón de Soles (S/ 1 000,000) que estén comprendidos en el Régimen General del Impuesto a la Renta o en el Régimen MYPE Tributario.Con los contribuyentes de Régimen Mype Tributario la obligación empezó el 2017.

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  7. Añadiendo a la información, Deducciones de la Base Imponible, para determinar el valor de los activos netos, se podrá deducir por los siguientes conceptos:
    • Maquinarias y equipos que no tengan una antigüedad superior a los tres (3) años.
    • Encaje exigible y provisiones específicas por riesgo crediticio establecido por la SBS.
    • Saldo de existencias y cuentas por cobrar producto de operaciones de exportación.
    • Los bienes entregados en concesión por el Estado que se encuentren afectados a la prestación de servicios públicos, así como las construcciones efectuadas por los concesionarios sobre los mismos.
    • Las acciones, participaciones o derechos de capital de empresas con Convenio que hubieran estabilizado las normas del Impuesto Mínimo a la Renta, excepto las exoneradas de este impuesto.

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