Acuerdo del TF: la notificación de actos administrativos efectuada en día u hora inhábil surte efecto el día hábil siguiente
El Acta de Reunión de Sala Plena N° 2017-04, publicado por el Tribunal Fiscal en su página web, adoptó el siguiente acuerdo: "la notificación de los actos administrativos emitidos por el Tribunal Fiscal debe efectuarse conforme con la regulación establecida por el Código Tributario. En caso de efectuarse en día u hora inhábil, se considerará válidamente realizada si se cumplen los requisitos previstos por el artículo 104 del citado código y surtirá efecto el día hábil siguiente".