viernes, 12 de junio de 2020

PROCESO DE FISCALIZACIÓN


Es el procedimiento que la SUNAT aplica para determinar correctamente el cumplimiento de la obligación tributaria por parte de un contribuyente: Se encuentra a cargo de un agente fiscalizador. Se inicia mediante un requerimiento y carta autorizados, y termina con la notificación de una Resolución de Determinación que establece conformidad, deuda tributaria o una devolución de impuestos en caso se haya producido pagos en exceso. En caso se detectaran infracciones tributarias durante la fiscalización se notifican también las Resoluciones de Multa que correspondan.

Tipos de Procedimientos
a) Fiscalización definitiva, es el procedimiento mediante el cual la SUNAT realiza una auditoría exhaustiva a los libros, registros y documentación del contribuyente con la finalidad de determinar de manera definitiva el monto de la obligación tributaria correspondiente a un determinado tributo y periodo tributario.
Esta fiscalización debe realizarse en el plazo de un (1) año computado a partir de la fecha en que el contribuyente  entrega la totalidad de la información y/o documentación que le fuera solicitada en el primer requerimiento.
b) Fiscalización parcial, es el procedimiento mediante el cual la SUNAT revisa parte, uno o algunos de los elementos de la obligación tributaria y puede llevarse a cabo de forma electrónica.
Este tipo de fiscalización comprende un plazo de 06 meses de duración, salvo que exista complejidad o evasión fiscal, entre otros.
Existe también la fiscalización parcial electrónica reconocida en el artículo 62-B del Código Tributario, la cual se realiza desde las oficinas de la SUNAT, no requiere visitar al contribuyente, y se inicia con una liquidación preliminar del tributo a regularizar. Concluye en 30 días hábiles contados desde su inicio.

PRESCRIPCIÓN DE LA FACULTAD FISCALIZACIÓN
La SUNAT puede determinar los tributos de cargo de los contribuyentes y responsables, por todos los períodos respecto de los cuales no haya prescrito la acción para determinar la obligación tributaria

FORMAS DE FISCALIZACIÓN
- Sobre base cierta:
Es aquella donde se consideran todos los elementos que existen  para  conocer en  forma directa el hecho que genera la   obligación tributaria.
- Sobre base presunta: 
Es aquella que se aplica en base a los hechos y circunstancias comparativas con situaciones normales, debido a la falta de elementos como son: la omisión o la falta de veracidad de los libros y/o documentación contable del fiscalizado.

CONCLUSIÓN
El Procedimiento de Fiscalización concluye con la notificación de las Resoluciones de Determinación y/o, en su caso, de las Resoluciones de Multa por los Impuestos y períodos tributarios objetos de fiscalización.


FUENTE SUNAT

Resolución de Observancia Obligatoria Nº 03701-9-2020 - Retención de regalía a no domiciliado

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